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GUÍA DE TRÁMITES



Planes de Financiación Especiales (hasta 36 cuotas) Id n°: 1025
Es el trámite para solicitar un régimen de regularización de obligaciones tributarias vencidas que pueden ser autorizados por el Director del Interior hasta 24 cuotas y por el Director Ejecutivo hasta 36 cuotas.

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¿Quién puede realizar el trámite?

Titular, responsable o apoderado que tenga deuda a regularizar por algún tributo provincial. 

¿A quién está destinado?

Está destinado a contribuyentes y responsables de los tributos administrados por la Administradora Tributaria de Entre Ríos que deseen regularizar sus obligaciones en un plan especial hasta 36 cuotas, bajo los términos de la RG 24/2017.

¿Dónde se puede realizar en forma presencial?
 Todas las Representaciones Territoriales detalladas en la opción del menú Oficinas/Representaciones Territoriales.
¿Cuáles son los pasos?
  1. El contribuyente deberá presentar la documentación requerida en la Representación territorial (RT) más cercana, previo turno por la web.
  2. Dicha presentación implicará el inicio de un expediente con un número único que se remitirá al depto. técnico para su evaluación.
  3. El contribuyente realizará el seguimiento del mismo a través de la página web de ATER – Servicios – Consulta de notas/expedientes.
  4. El contribuyente se notificará de la resolución una vez que el expediente se encuentre en la RT en la cual inició el mismo.
¿Qué requisitos tiene?
 Abonar la Tasa Retributiva de Servicios de $110 (pesos ciento diez) por foja con un máximo de $835 (ochocientos treinta y cinco).
Documentación y Formularios
 Nota dirigida al Sr. Director del Interior (hasta 24 cuotas) o al Sr. Director Ejecutivo (hasta 36 cuotas) solicitando la ampliación de la cantidad de cuotas y/o disminución del anticipo/entrega, especificando los motivos que llevaron al incumplimiento, indicando precisamente la financiación solicitada. CASOS ESPECIALES a) Expedientes de fiscalización: La nota deberá contener la leyenda en la que el contribuyente o responsable indique expresamente que “acepta la pretensión fiscal determinada en el expediente….” b) Apremio Fiscal: La nota deberá contener la leyenda “que se allana y/o desiste de toda acción y derecho por los conceptos y montos por los que formula la solicitud, que se encuentran en apremio fiscal”.
 Original y fotocopia del DNI para personas humanas; en caso de apoderado adjuntar Formulario ATER A55 o fotocopia del poder y en caso de Personas Jurídicas, adjuntar fotocopia del Acta de Designación de autoridades.
 Adjuntar el ticket del Sellado (Tasa Retributiva de Servicios).
 En caso de Personas Humanas: 1) En TODOS los casos, últimas 2 DJ de Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales (de corresponder), 2) Detalle de ingresos y gastos del año corriente, 3) En caso de empleados en relación de dependencia y jubilados o pensionados, últimos 3 recibos de haberes.
 En caso de Personas Jurídicas: 1) Estados Contables auditados por Contador Público de los últimos 2 ejercicios anteriores al ejercicio en curso. 2) Detalle de Ingresos y Gastos del ejercicio corriente no finalizado.
Normas Asociadas
Observaciones

No se otorgarán planes de financiación por retenciones y percepciones practicadas, recaudaciones efectuadas, multas, intereses y accesorios por dichos conceptos. Tampoco por deuda por la cual se hubiera realizado denuncia penal o esté vinculada y/o incluida en algún proceso penal



Información actualizada al: 28/10/2021 10:10:32 a.m.





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