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GUÍA DE TRÁMITES



Baja como contribuyente Id n°: 1037
Es el trámite para solicitar la baja del Impuesto al Ejercicio de las Profesiones Liberales
¿Quién puede realizar el trámite?

Titular, responsable o apoderado que cuente con Clave Fiscal -Nivel 3- de AFIP.

¿A quién está destinado?

A toda persona física que ya no ejerza la actividad relacionada con el Impuesto.

¿Cuáles son los pasos?

1. Ingresar al portal de AFIP con CUIT y CLAVE FISCAL en la sección de Servicios de ATER (Servicios Administradora Tributaria de Entre Ríos).

2. Seleccionar dentro del módulo de "Servicios" la opcion "ABC declarativos".

3. Proceder seleccionar la opción "Baja" en la solapa "Impuestos".

4. Completar los pasos hasta confirmar la misma.

Consulte el instructivo aquí

¿Qué requisitos tiene?
 No registrar inscripción en AFIP en la sede de Entre Ríos.
Documentación y Formularios
 Constancia de baja de AFIP.
 En caso de corresponder, constancia de baja de matricula.
 En caso de corresponder, baja en la actividad relacionada a profesiones liberales.
 Presentaciones de todas DDJJ Mensuales y Anuales (hasta la del año 2016, si corresponde) hasta la fecha, inclusive la del mes de solicitud de baja.
 En caso de baja retroactiva, adjuntar reporte de AFIP respecto a: "Impuestos históricos" que se encuentra dentro del Sistema Registral - Consultas - Datos Registrales, opción "más información" - Datos Históricos.
Normas Asociadas
Observaciones
  • Realizar la baja dentro de los Veinte (20) días corridos desde el cese de la actividad. De lo contrario, será pasible de las sanciones establecidas en Resolución vigente


Información actualizada al: 03/01/2024 08:15:11 a.m.





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